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Plan de Igualdad de Trato y Oportunidades

Introducción

Para impulsar el desarrollo de políticas de igualdad y responder a las nuevas responsabilidades que tiene GRUPO TRABLISA ha contado con la siguiente normativa aplicable:

• Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

• Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

• Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

• Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

• Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

De conformidad con el artículo 2.6 del RD 901/20202, se establece que las empresas que componen un grupo de empresas podrán elaborar un plan único para todas o parte de las empresas del grupo negociado conforme a las reglas establecidas en el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores para los convenios de grupo, si así se acuerda por las organizaciones legitimadas para ello. De esta forma, el Grupo empresarial TRABLISA (integrado por las sociedades: TRANSPORTES BLINDADOS, S.A.; ATESE, ATENCIÓN Y SERVICIOS, S.L.; VISABREN SERVICIOS GENERALES, S.L.) realiza, de acuerdo con lo acordado en el Acta de Constitución de la Comisión Negociadora de con fecha 24/01/2022 un Plan de Grupo debido a que el grupo empresarial TRABLISA dispone prácticamente el total de su estructura bajo la razón social de TRANSPORTES BLINDADOS, S.A. y dejando al resto de empresas principalmente con dotación de personal productivo. Es por tanto que TRANSPORTES BLINDADOS, S.A. actúa como empresa matriz o soporte del resto de empresas del grupo. Ello conlleva que los procedimientos de trabajo; objetivos y directrices son compartidos entre todas las sociedades que componen el Plan de Igualdad, por lo que se considera que el Plan de Grupo es la mejor opción, en el caso de TRANSPORTES BLINDADOS, S.A.; ATESE, ATENCIÓN Y SERVICIOS, S.L.; y VISABREN SERVICIOS GENERALES, S.L., con la finalidad de agilizar y gestionar su implantación.

En este documento se recogen las conclusiones de los resultados obtenidos durante la fase de diagnóstico, de cada una de las empresas que conforman el Plan, del proyecto de elaboración y negociación del I Plan de Igualdad de GRUPO TRABLISA.

Estos informes tratan de visualizar de un modo sintético la situación de partida de la organización y los aspectos a mejorar en materia de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, identificándose principales problemas y dificultades detectados, ámbitos prioritarios de actuación, objetivos generales del futuro plan de igualdad y propuestas de medidas objeto de negociación del plan de igualdad, en consonancia con las conclusiones extraídas del análisis y expuestas previamente.

El objeto de los informes diagnósticos, sobre el que se realiza este documento, fue realizar un diagnóstico de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, para lo cual se analiza si en las empresas que conforman el Plan, se respeta la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y tiene adoptada medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

I Plan de Igualdad de Trato y Oportunidades 2023-2027

El objetivo de la elaboración de los informes diagnósticos fue conocer la situación exacta en la que se encontraba cada empresa con relación a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Por lo tanto, la elaboración de diagnóstico tuvo tres finalidades:

• Identificar la existencia de desequilibrios o discriminaciones por razón de sexo en la distribución de la plantilla.

• Obtener información acerca de:

1. Características de la plantilla y sus necesidades.

2. Conocer la política de gestión de personas y las políticas de igualdad de la organización.

• Servir de base para la elaboración y negociación del Plan de Igualdad como estrategia para la optimización de la gestión del personal con relación al compromiso con la igualdad, posibilitando el cumplimiento de dicho principio en todos sus extremos.

Para realizar el presente documento se han utilizado los datos de las personas trabajadoras a 31/12/2021.

Descargar aquí: Plan de Igualdad aquí

Descargar aquí: Protocolo de Prevención e Intervención frente al acoso sexual y/o por razón de sexo.